Ayudas y subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la promoción de la eficiencia energética, la implementación de energías renovables y el impulso de la movilidad eléctrica y compartida.
Solicitar la ayuda.
Objetivo
Fomentar el ahorro y la eficiencia energética, incrementar la contribución de las energías renovables, impulsar la transición en materia de movilidad y reducir el uso de combustibles fósiles.
¿Quién se puede beneficiar?
Entidades sin ánimo de lucro.
Deben estar legalmente constituidas e inscritas con dicha condición a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda, cooperativas calificadas de iniciativa social y comunidades de propietarios.
Se excluyen:
- Entidades locales y sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales.
- Fundaciones y sociedades públicas participadas mayoritariamente por entidades locales.
- Los sindicatos y entidades corporativas profesionales.
- Entidades que tengan partida nominativa en los PGN para la realización de las actuaciones objeto de esta convocatoria.
Actuaciones subvencionables
Impulso de la movilidad eléctrica.
Medios de transporte: el 30% del coste elegible; con los siguientes máximos:
- Vehículos de categoría M y N: 32.000 euros.
- Vehículos de categoría L:
- Categorías L1e y L2e: 5.000 euros.
- Categorías L3e, L4 y L5e: 10.000 euros.
- Categorías L6e y L7e: 15.000 euros.
- Bicicletas:
- De carga ligadas a transporte última milla: 2.500 euros.
- De pedaleo asistido por motor eléctrico: 1.500 euros.
- Convencionales ligadas a uso profesional: 600 euros.
Instalación de infraestructura destinada a la recarga de vehículos eléctrico: 30% del coste elegible; con los siguientes máximos:
- Modo de carga 2: 1.000 euros.
- Modo de carga 3: 3.000 euros.
- Modo de carga 4: 5.000 euros.
Instalación de infraestructura destinada al aparcamiento y/o recarga de bicicletas convencionales y/o eléctricas: 30% del coste elegible con un máximo de ayuda de 5.000 euros.
El máximo de ayuda será de 10.000 € por beneficiaria.
Incompatibilidad de las ayudas:
Estas ayudas son incompatibles con otras subvenciones del Gobierno de Navarra otorgadas para los mismos bienes.
Cuando se trate de subvenciones compatibles, por estar concedidas por otros entes públicos o privados o particulares, el importe de las subvenciones no podrá ser de una cuantía superior al 50% del coste de la actividad a desarrollar por la beneficiaria.